Una pareja y su hija descansaban
en la playa de la segunda bajada, en Las Grutas, cuando una chapa de más de 20
kilos voló por más de 60 metros e impactó de lleno en la sombrilla que los cubría
del sol. Una parte del zinc le “pegó de refilón” en la cabeza al papá y le
causó una profunda herida.
La chapa voló desde un comercio
cercano, ubicado a 15 metros de altura. “La trayectoria podría haber provocado
efectos mayores”, destaca el fallo civil que ordenó una indemnización para la
familia.
El hombre fue atendido por los
guardavidas de la segunda bajada, que le realizaron atención paramédica. Luego
fue trasladado en ambulancia al hospital de las Grutas. Recibió curaciones en
el cuero cabelludo, puntos de sutura, la aplicación de una inyección
antitetánica y se lo tuvo en observación por 3 horas.
Obviamente, por el estado de
shock sufrido por el hombre y toda su familia, debió interrumpir sus vacaciones
y retornó a su localidad de origen. Allí se le realizaron nuevos estudios y se
descubrió que el accidente le provocó lesiones en la columna cervical. Así
quedó certificado por los especialistas.
Tiempo después, el hombre inició
una demanda al dueño del local Bora Bora y a
compañía aseguradora MAPFRE Argentina.
La titular del Juzgado
Multifueros afirmó que en estos casos “se presume la culpa del dueño y del
guardián, quienes para eximirse de responsabilidad deben acreditar la prueba en
contrario, esto es que de su parte no hubo culpa”.
El hecho también quedó
acreditado por el informe acompañado por el Jefe del Cuerpo de Guardavidas de
la Municipalidad de San Antonio Oeste, quienes actuaron de manera primaria ante
el suceso ocurrido.
A la hora de establecer
responsabilidades para la indemnización, la jueza expresó que “la franquicia
está legalmente prevista y funciona como tope indemnizatorio, siendo entonces
que una parte del riesgo no está cubierta por la aseguradora, y deberá ser
asumida por el demandado asegurado”.
Tuvo en cuenta la tomografía
computada de cabeza y cuello que concluyó que el hombre “ha quedado con una
cervicalgia y disminución de la movilidad de la columna vertebral”. Quedó,
asimismo, con algunas secuelas incapacitantes.
“Es evidente la existencia del
daño moral pues se ha afectado el espíritu, la tranquilidad y la integridad
física de la actora y de su familia quienes estaban de vacaciones en el
balneario Las Grutas”, dice el fallo.
También tuvo en cuenta
testimonios de allegados que dieron cuenta que el hombre “estaba en un estado
de shock y que toda su familia estaba muy angustiada”. La magistrada refirió
“el daño padecido no solo por el actor, sino por el grupo familiar al ver
también frustradas sus vacaciones”.
De esta manera, condenó al dueño
del negocio y a la aseguradora -en el límite de la póliza- a pagar una
indemnización por diversos rubros.
PUBLICADO EL 14/12/2023
Por INFOALLEN – noticias@infoallen.com.ar