La
resolución fue dada a conocer hoy y se tomó por solicitud del Ministerio
Público Fiscal. El fallo es de primera instancia y la defensa anticipó que
impugnará la decisión. Intervino por la fiscalía el fiscal jefe Gustavo
Herrera.
Debe
recordarse que la “toma” se originó el 26 de septiembre de este año cuando un
grupo de personas, algunas adjudicatarias del Loteo Social V de esa ciudad,
ocupó un predio perteneciente a la empresa de desarrollo inmobiliario JC
Brabeuo.
Desde
el Ministerio Público Fiscal, se sostuvo desde un primer momento que la
titularidad de las tierras era de la firma mencionada, toda vez que dispone
tanto del título de propiedad y realizó de forma continuada actos de posesión
de lugar, sobre todo teniendo en cuenta que se realizaron trabajos de mensura y
planificación de obras de urbanización. Según se preveía en sendas ordenanzas
de la ciudad, parte del total de las tierras de JC Brabeuo, serían cedidas al
Municipio para la creación de un loteo social una vez que las obras de
urbanización – agua, luz y cloacas – sean culminadas. Esas tareas no pudieron
desarrollarse en un primer momento debido a que no se había aprobado el
proyecto de factibilidad de la zona y en la actualidad no pueden concretarse
porque los lotes se encuentran usurpados.
Según
manifestaron los imputados en distintos momentos del proceso, contaban en su
poder con un boleto de compra venta suscripto por el intendente de esa ciudad
asignando un terreno en esa ubicación, sin embargo, según dictaminó Herrera –
siendo esto corroborado por el Juez de Garantías interviniente – ese boleto de
compra-venta les daba un derecho en expectativa y los lotes podrían ser de
ellos una vez que la empresa terminara con las obras de urbanización.
A
la hora de la formulación de cargos desarrollada hoy, Herrera informó que se
trata de un caso de usurpación y adelantó que para aquellos que estén
dispuestos a abandonar voluntariamente el espacio ocupado, se aplicaría un
Criterio de Oportunidad que es en un beneficio procesal que prevé el
sobreseimiento de los imputados bajo determinados parámetros. Por el contrario,
el funcionario del Ministerio Público sostuvo que respecto de aquellos que no
abandonen el lugar, se solicitará la continuación de las actuaciones hasta la
etapa de juicio.
Durante
la audiencia de hoy, parte de los imputados – quienes eran asistidos por el
defensor oficial Sebastián Nolivo – manifestaron que ya no ocupaban el predio a
lo que el fiscal les hizo saber que acreditado lo anterior, se avanzaría en la
aplicación del beneficio procesal mencionado.
Solicitud
de desalojo
La
solicitud de desalojo se había realizado en ocasión de celebrarse una audiencia
de formulación de cargos a mediados del mes de noviembre. En esa oportunidad,
el Juez de Garantías Marcelo Gomez, intimó a los ocupantes a abandonar el
predio en un plazo de 15 días. Vencido el plazo de intimación, se solicitó una
nueva audiencia y el Ministerio Público Fiscal insistió en el pedido de la
medida, para restituir el predio al desarrollador inmobiliario quien se
encuentra en condiciones de avanzar con las obras de urbanización, las cuales
no pueden concretarse por encontrarse ocupado el lugar.
El
defensor particular, Pablo Barrionuevo se opuso a la solicitud y sostuvo que
parte de los imputados poseían un boleto de compra-venta lo que le daba un
derecho sobre los lotes.
La
Defensora de Menores, Alicia Merino solicitó que se postergue la decisión sobre
el desalojo forzoso, debido a que no se podía asegurar el resguardo físico y
psicológico de los niños, niñas y adolescentes presentes en el lugar. Además
requirió que se fije una nueva audiencia donde participe el órgano proteccional
de niños, niñas y adolescentes para evaluar una estrategia de abordaje para con
esa franja etária en particular.
El
magistrado que presidió la audiencia, Marcelo Gomez, reconció que hubo
innumerables encuentros propiciados por la fiscalía para intentar buscar una
salida satisfactoria para todos los involucrados en el conflicto, pero que esto
último no se había podido lograr.
Además
aclaró que sin perjuicio del boleto de compra venta del cual disponen parte de
los ocupantes, hasta tanto se terminen las obras - momento en el cual los
terrenos serían cedidos al municipio - la posesión correspondía a la empresa
desarrolladora inmobiliaria. En este punto señaló que los acusados mantienen en
derecho en expectativa y que no lo pueden hacer valer “de hecho” , mediante la
ocupación de los lotes. Sin embargo, agregó que tienen abiertas otras vías
judiciales - en el fuero civil - para hacer valer los derechos que les asisten
por el documento del cual disponen.
Por
esos argumentos, Gomez hizo lugar a lo solicitado por la fiscalía y ordenó el
desalojo del predio, aclarando que recién podrá llevarse a cabo una vez que su
resolución quede firme. Sobre este punto, el defensor Pablo Barrionuevo, hizo
saber que presentaría un recurso de impugnación a la medida.
PUBLICADO EL 15-12-2017