El Juez Bernardo Campana clausuró la instrucción y
elevó a juicio la causa en la que se encuentra procesado Mario Orlando Infante,
argentino, mayor de edad, por "Robo Calificado por el uso de arma de fuego
en sentido impropio cometido en despoblado y en banda", cuyas víctimas
resultaron turistas de nacionalidad checa.
Cabe señalar que la agente fiscal Betiana Cendón
imputó a Mario Orlando Infante el hecho ocurrido el 2 de enero de 2017, a la
hora 19:45 aproximadamente, cuando el nombrado viajaba a bordo de un vehículo
Chevrolet Corsa negro, el cual circulaba por la ruta 40, a unos 5 km de la
rotonda del Supermercado Diarco en dirección a El Bolsón.
En dichas circunstancias, Infante, quien se
encontraba sentado en el asiento del acompañante, junto a sus consortes de
causa, ofrecieron transporte benévolo a las victimas, Karolina Havlikova, Jakub
Valefl y Tomanik Simon, mochileros de nacionalidad Checa. Posteriormente y
valiéndose de un arma de fuego tipo revolver, amedrentó a los antes nombrados y
golpeó a dos de ellos con el arma, provocando lesiones a las víctimas y
apoderándose ilegítimamente de los efectos personales de los antes nombrados,
obligando a los mismos a bajar del auto.
Los efectos sustraídos en su mayoría fueron
secuestrados en el marco de un allanamiento efectuado en la vivienda del aquí
imputado y devueltos a los damnificados. Se destaca que Infante actuó en
convergencia intencional y acuerdo de voluntades con otras dos personas cuya
identidad aún no se ha podido determinar.
Al momento de dictar el procesamiento y prisión
preventiva, señaló el Juez Campana: "El hecho que se le atribuye a Infante
es de suma gravedad, el imputado fue quien golpeó a las víctimas con un arma de
fuego y con ello su conducta cumplió todos los extremos del art. 166 inc. 2 del
C. P. La pena que le podría corresponder parte de un mínimo de cinco años de
prisión.
Además su conducta se vio agravada por el concurso
de otras dos personas y la utilización de un vehículo automotor. A ello se suma
que Infante ya registra condena y en virtud de ello, de recaer una nueva por esta
causa, la misma será indefectiblemente de cumplimiento efectivo. En definitiva,
señala la resolución, hay elementos que confirman la presunción de fuga y
entorpecimiento por tanto corresponde disponer su prisión preventiva".
PUBLICADO EL
22-06-2017
POR
INFOALLEN – Mail: noticias@infoallen.com.ar