El juez de Instrucción de Roca Gustavo Quelín
ordenó la prisión preventiva contra un hombre que violó varias veces la
prohibición de acercamiento a su expareja y lo procesó como presunto autor de
los delitos de "desobediencias reiteradas -en tres oportunidades- todo en
concurso real y violación de domicilio, en concurso real".
Al imputado E.C.D.R., de 42 años, se le atribuye un
primer hecho ocurrido en Roca la noche del 18 de febrero pasado, cuando
"ingresó sin autorización" a la vivienda de la víctima,
desobedeciendo así la prohibición que había dictado y notificado la titular del
Juzgado de Familia N° 11 de la esta ciudad, Moira Revsin, en el marco de un
expediente a su cargo.
El segundo hecho ocurrió el 24 de marzo, por la
noche, en la misma vivienda, oportunidad en la que el imputado "intentó
ingresar, sin lograrlo ante la negativa de la mujer". Y el tercero fue en
los primeros minutos del 25 de marzo, cuando el hombre fue interceptado por
efectivos policiales a menos de 200 metros de la vivienda de la damnificada,
violando nuevamente el radio de prohibición que había dispuesto la jueza de
Familia.
"E.C.D.R. tenía pleno conocimiento de las medidas
de prohibición de acercamiento dispuestas por la Juez de Familia (...), se
encontraba debidamente notificado en forma personal, y ante incumplimientos fue
intimado, multado y arrestado; no obstante persistió en su accionar contrario a
la ley, desobedeciendo en fecha 18 de febrero de 2017 nuevamente la prohibición
de acercamiento. (...) También se ha probado que posteriormente, en fechas 24
de marzo y 25 de marzo de 2017, nuevamente concurrió en dos oportunidades al
domicilio, siendo detenido (...) a pocos metros de la vivienda de la
víctima", reseñó el juez Quelín en su resolución.
El delito de desobediencia quedó configurado por
haber incumplido la prohibición de la jueza de Familia y también la dispuesta
por el propio juez penal en oportunidad de la audiencia derivada del primer
hecho.
Para dictar la prisión preventiva el juez
fundamentó que si bien el imputado no cuenta con antecedentes penales, "en
la presente causa surge un alto grado de culpabilidad", sumado a "la
conducta que desde el año 2015 tiene en el fuero de Familia, donde tramita la
causa por violencia familiar, que ante los sucesivos incumplimientos motivara
las conductas delictivas que se reprochan, todo lo cual es demostrativo de la
peligrosidad procesal que genera el imputado con su accionar, que hace caso
omiso a los mandamientos judiciales".
Concluyó el juez que el imputado "ha dado
motivos suficientes con su propia inconducta para fundamentar su detención
preventiva. Ha puesto su voluntad sobre los límites que le imponen los jueces,
haciendo caso omiso a las órdenes judiciales, y ha continuado hostigando a su
expareja, todo lo cual indica en forma objetiva que el nombrado obstaculizará
el proceso, pudiendo no concurrir a los llamamientos judiciales o amenazando a
la propia víctima o testigos".
"Los delitos imputados no son hechos aislados
(...) sino que traslucen una situación de violencia de género, donde debe darse
debida protección a la víctima", señaló finalmente el magistrado.
PUBLICADO EL
04-04-2017
POR
INFOALLEN – Mail: noticias@infoallen.com.ar