
La Justicia falló a favor de un abogado que
denunció que la empresa no reconocía como argentinas a las Malvinas, luego de
llamar a un amigo tres veces en 2012.
La justicia jujeña condenó a la empresa Telecom por
facturar como internacional una llamada desde la localidad de San Pedro hacia
las Islas Malvinas y obligó a la compañía a aclarar en los diarios de mayor
circulación locales y nacionales que "la conexión con el archipiélago se
cobra como local interurbana", informaron fuentes judiciales.
La demanda contra la empresa Telecom fue ganada por
el abogado Juan Giusti, quien en diciembre de 2012 llamó desde el teléfono fijo
de su casa tres veces a un amigo en las Malvinas y luego recibió la factura
donde le cobraban la tarifa internacional.
Por ello, la Cámara en lo Civil y Comercial del
Centro Judicial de San Pedro condenó a la multinacional a "emitir una
nueva factura corrigiendo el error y a publicar en los dos diarios locales de
mayor circulación (El Tribuno de Jujuy y Diario Pregón) y en los diarios
nacionales Clarín y La Nación una aclaración sobre la soberanía del
archipiélago", advirtiéndole que "de lo contrario se le cobrará
50.000 pesos por día como multa".
"El fallo es impecable", aseguró Giusti a
Télam, quien destacó que "lo importante es que Telecom es una empresa
concesionaria de un servicio público y al haber facturado como internacional la
llamada es como si el Estado argentino reconociera que las Malvinas no son
argentinas".
El tribunal aseguró en el fallo que la empresa
"ha violado la ley de defensa del consumidor al calificar la llamada
efectuada por el actor como internacional".
"Me hirvió la sangre al ver la factura",
relató el abogado, quien comentó que demandó a la telefónica por "no
admitir la soberanía argentina sobre el archipiélago, reconocida en la cláusula
transitoria primera de la Constitución Nacional y por violar la resolución de
la Comisión Nacional de Comunicaciones, que establece que 'las comunicaciones a
las Islas Malvinas se facturarán como clave 12 interurbana con un descuento del
50 por ciento'".
"No lo hice por la plata, porque en ese
momento no eran más de tres pesos, pero me indignó que no se reconozca a las
Islas como argentinas, no se puede convalidar eso", afirmó Giusti y contó
que, de percibir dinero por las multas, las donará a entidades de bien público
de San Pedro.
Al rechazar la demanda, Telecom argumentó que
"el usuario tendría que haber reclamado dentro de los 60 días y que nunca
hizo el reclamo administrativo ante Defensa del Consumidor".
Sin embargo, la justicia jujeña obligó a la
compañía a facturar de nuevo la tarifa de diciembre de 2012 y a publicar en los
medios a partir "de un día domingo y por cinco días consecutivos" el
siguiente texto: "Telecom Argentina S.A., por orden judicial, rectifica
toda facturación o comunicado en el cual tratara las llamadas telefónicas
realizadas a las Islas Malvinas como internacionales, aclarando que las
llamadas a las Islas Malvinas son locales interurbanas y el costo de dicha
llamada se encuentra reducido en un 50 por ciento'".
Asimismo, la Sala IV de esa Cámara exhortó al Ente
Nacional de Comunicaciones (Enacom) y a la Comisión Nacional de ex Combatientes
de Malvinas a que "controlen la publicación".
Por último, los jueces descartaron que se haya
incurrido en un "daño moral" sobre Giusti porque entendieron que el
reclamo por la soberanía de las Malvinas es de todo el pueblo y no una
"reserva individual".
"Un error en la facturación, como se dijo en
los apartados anteriores implica la violación de normas reglamentarias, el
desconocimiento de normas territoriales, más no tiene entidad suficiente para
afligir el espíritu del accionado al grado tal que pueda llegar a constituir un
daño moral", arguyeron.
"Consentir sin consecuencia alguna el
desconocimiento de las Malvinas como parte del territorio nacional, implica
incumplir el mandato permanente e irrenunciable del pueblo argentino respecto
de la recuperación y ejercicio pleno de la imprescriptible soberanía que la
Nación Argentina tiene sobre las Islas Malvinas", concluyó la Cámara.
PUBLICADO EL
11-04-2017
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