En una sentencia de divorcio, la justicia pampeana
condenó a la mujer a indemnizar a su ex marido por el "daño moral"
que le causó al haberle sido infiel, dado que ella fue vista por él a la salida
de un hotel alojamiento con otro hombre, informaron hoy fuentes judiciales.
Los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil,
Comercial, Laboral y de Minería de La Pampa señalaron que la situación del
esposo al encontrar a su esposa saliendo de un hotel alojamiento con otra
persona "truncó su proyecto de vida familiar" y constituyó "un
atentado contra su honra".
La demanda de divorcio la había iniciado la mujer
por la causal de injurias graves, al argumentar que "su esposo la hizo
blanco de todo tipo de calumnias e injurias, imputándole la calidad de infiel y
haciendo comentarios agresivos tanto en público como ante el grupo familiar",
según consta en los considerandos de la sentencia, publicada en el Diario
Judicial.
El hombre rechazó las acusaciones y mediante su
abogado denunció haber visto a su esposa "saliendo de un hotel alojamiento
con otro hombre", hecho que "se hizo público" y lo dejó "en
una situación de escarnio público".
"La situación de encontrar a su esposa
saliendo de un hotel alojamiento con otra persona es de por sí traumática"
y "el daño se potencia al publicar la noticia, máxime si tenemos en cuenta
que el demandado se relacionaba en ámbitos con idiosincrasia
conservadora", adujo en su defensa.
El hombre recibió "con gran estupor" la
publicidad de la infidelidad de su esposa, lo que le causó "mucha
vergüenza", además de "una lesión en su autoestima difícilmente
reparable", subrayó su abogado.
En este marco, los jueces señalaron que
"conforme a legislación actual el simple hecho de la infidelidad por sí
sola no genera 'in re ipsa' (cosa evidente) un daño moral, ni tampoco se lo
presume", sino que "el interés lesionado debe configurarse de manera
relevante, para poder indemnizar, por lo cual, el daño debe verificarse a
través de las pruebas producidas".
Por mayoría, los jueces destacaron el informe
psicológico y señalaron que "la infidelidad de su esposa ha ocasionado un
menoscabo merecedor de daño moral, ya que se afectó un interés relevante para
el ordenamiento jurídico".
Consideraron "acreditado el daño moral
sufrido, a raíz del episodio de infidelidad", y concluyeron que esta
situación "truncó su proyecto de vida familiar", y constituyó
"un atentado contra su honra", en referencia al marido.
PUBLICADO EL
15-03-2017
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