Por error, el BBVA metió el
nombre de un cliente en la lista de deudores y el hombre fue a dar como
"irrecuperable" en el Veraz.
En septiembre de 2016 el BBVA,
fue condenando a indemnizar con $124.121 al hombre perjudicado por el error de la entidad bancaria. El Banco
Francés apeló, pero la Cámara de
Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Roca ratificó la condena y
el banco debe pagar por ‘el error’.
Los hechos
La entidad había informado el
nombre de un cliente al Banco Central, por error, en una nómina de deudores,
ocasionándole un grave perjuicio en su solvencia crediticia, puesto que el
hombre terminó calificado como "irrecuperable" en el registro
conocido como Veraz.
Aquella sentencia fue apelada por
el banco y la Cámara resolvió rechazar los agravios, confirmando la
indemnización por daño material, moral y punitivo.
En el fallo de primera instancia
se destacó que el afectado, además de los perjuicios en su vida cotidiana y
financiera, recién pudo lograr que su nombre sea retirado del registro,
mediante una acción de hábeas data en la que obtuvo una sentencia favorable.
Condenar para prevenir y como
‘escarmiento’
El juez Martínez sostuvo:
"...el denominado daño punitivo ha sido regulado (...) atendiendo la
necesidad de acordar a las indemnizaciones una función de prevención,
procurando disuadir conductas no deseadas, mejorando las prácticas de mercado
en lo que respecta al ámbito de la defensa del consumidor (...) con la
finalidad de que la ejemplaridad sirva de escarmiento para todos los
operadores".
PUBLICADO EL 8/02/2017
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