La Sala B de la Cámara Criminal de la Primera
Circunscripción con asiento en Viedma, integrada por los Jueces Guillermo
Bustamante, como presidente; Marcelo Chironi y Ariel Gallinger, como vocales,
resolvió condenar a prisión perpetua a Carlos Gustavo Mobilio y a Pablo
Guillermo Jofré por el asesinato de Karen Álvarez.
Los consideró coautores penalmente responsables del
delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido mediando acceso carnal,
por dos o más personas. Además fueron condenados por homicidio agravado por
haber sido cometido con alevosía para procurar la impunidad para sí, criminis
causa, y poder haber dado muerte a una mujer habiendo sido el hecho perpetrado
por al menos dos hombres, mediando violencia de género.
Hoy se dio lectura a la parte resolutiva del fallo
en el auditorio del Poder Judicial de calle Laprida 292. La sentencia cuenta
con 46 páginas.
Oportunamente se llevaron a cabo cuatro audiencias
de debate oral y público, los días 21 y 22 de noviembre y el 5 y 20 de
diciembre del 2016, con la presencia de los Jueces; del Fiscal de Cámara,
Fabricio Brogna; el abogado de la querella Damián Torres, los imputados Carlos
Gustavo Mobilio y Pablo Guillermo Jofré y sus abogados defensores Pedro Vega y
Marta Ghiani. En dichas oportunidades prestaron declaración de 30 testigos
ofrecidos por las partes.
Luego de finalizada la etapa probatoria se
continuaron los alegatos en dónde el Fiscal de Cámara pidió prisión perpetua
para ambos imputados.
A Carlos Gustavo Mobilio y a Pablo Guillermo Jofré
junto a otro individuo aún no identificado se les atribuyó “haber sido quienes,
en zona rural de Viedma, en inmediaciones al Hipódromo local (…) en fecha no
precisada con exactitud pero ubicable entre el día Viernes 24 de octubre de
2014 a las 18.00 horas y el día domingo 26 de octubre del año 2014 a las 06.00
horas, abusaron sexualmente de la menor Karen Johana Álvarez de 14 años de
edad, contra su voluntad y mediante el uso de violencia. En dicha oportunidad
le ocasionaron la muerte a la menor Álvarez para lograr su impunidad y
violentar su propia condición de género femenino".
El médico forense precisa en su informe como muerte
producida por "anoxia anóxica como consecuencia de asfixia por
estrangulamiento”. El asesinato se cometió luego de brutales golpes.
PUBLICADO EL
10-02-2017
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