Cómo será la recategorización del monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó hoy los cambios en el monotributo que votó el Congreso en diciembre último, junto con la reforma en el impuesto a las Ganancias.

Según la Resolución General 3982, la AFIP recategorizará de oficio a los contribuyentes ya inscriptos en el monotributo (unos 3 millones, de los cuales 1,5 millones están activos y son exclusivamente monotributistas).

También permitirá que aquellos que hayan sido excluidos de oficio del régimen por haberse pasado de los topes de facturación vigentes hasta diciembre podrán volver a inscribirise, sin necesidad de esperar los tres años que marca la ley.

Los cambios

El artículo 1 de la resolución dispone que la AFIP efectuará la "conversión de oficio" de los contribuyentes adheridos al monotributo. Quien hasta diciembre estuvo en la categoría B (facturación anual de hasta $ 48.000), pasará a la nueva categoría A (hasta $ 84.000). Quien estaba en la categoría C, pasará a la nueva B, y así sucesivamente.

Aquí el cuadro para que no tengas dudas:


PUBLICADO EL 06-01-2017
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