La Cámara Criminal Segunda de
Roca condenó a dos hombres a penas de prisión efectiva por un robo a mano
armada que ocurrió en un comercio de Allen. Los jueces Oscar Gatti, Gastón
Martín y María Evelina García Balduini declararon a los imputados Jorge Leandro
Parra y Héctor Adrián Burgos coautores del delito de "robo calificado por
haber sido cometido con arma cuya aptitud para el disparo no fue
acreditada", imponiéndoles la pena de 3 años de prisión efectiva.
En el caso de Burgos, el
Tribunal unificó esa pena con una anterior, dictada por la misma Cámara, en un
total de 6 años y 2 meses de prisión, mientras que a Parra le impuso la pena
única de 12 años y 6 meses de prisión, comprensiva de la presente condena y de
la dictada en noviembre de este año por la Cámara Criminal Primera. Asimismo,
el Tribunal le mantuvo vigente la inhabilitación por 8 años para "portar y
tener armas de fuego". Ambos imputados se encuentran actualmente detenidos.
El hecho investigado ocurrió en
agosto de 2012, por la tarde, en una forrajería de la calle Int. Mariani al 800
de Allen. Los dos hombres ingresaron al local portando un revólver con el que
amenazaron a la mujer que estaba a cargo del local. Ambos escaparon a bordo de
una motocicleta tras sustraer dinero en efectivo, tarjetas de crédito y débito
y un teléfono celular.
La sentencia fue la homologación
del acuerdo de juicio abreviado alcanzado por el Fiscal de Cámara subrogante,
Miguel Fernández Jahde; el Defensor Oficial Miguel Salomón (por Parra) y el
Defensor particular Jorge Crespo (por Burgos).
"Atento lo expresado por
las partes en la audiencia, se llega a la conclusión que está acreditado el
hecho material, como así también la participación que se le atribuyó a los
imputados, pues su admisión está corroborada por las pruebas colectadas en el
sumario", indicó el Tribunal entre sus fundamentos de la homologación.
PUBLICADO EL 26/12/2016
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