El Fiscal de Cámara Subrogante,
Miguel Ángel Fernández Jahde solicitó la absolución de un efectivo policial,
acusado del delito de vejaciones ocurrido en la ciudad de Allen, por considerar
que faltan pruebas para sostener la acusación.
Según sostuvo el fiscal, en la
audiencia de alegatos ante la Cámara Primera en lo Criminal de Roca, "no
existe prueba suficiente que permita condenar al imputado por el delito que se
le imputa" y que acrediten la existencia material de los hechos. En este
sentido remarcó además la falta de certeza de los testimonios de los testigos,
así como las graves contradicciones en la declaración del denunciante en
relación a lo que había manifestado en la primera exposición y lo que dijo en
el debate.
Cabe destacar que, previo a la
formulación de los alegatos, se realizó un reconocimiento en rueda de personas,
en la cual el denunciante y dos testigos habrían reconocido al efectivo
policial. Luego, una vez iniciada la audiencia de debate y con la lectura de
requisitoria de elevación a juicio, el imputado prestó declaración indagatoria
negando el hecho y su participación. Además, declararon tres testigos, la
víctima, su ex pareja y su hermana.
El representante del Ministerio
Público Fiscal alegó que tanto del parte diario de la Unidad Policial como de
la propia declaración indagatoria, se desprende que el imputado no se
encontraba prestando servicio en la Comisaría 33° a la hora en que, según el
denunciante, habrían ocurrido los hechos. Cabe aclarar que según sus
declaraciones éstos se habrían suscitado, uno a la mañana y otro a las 15
horas; en este sentido los testigos afirmaron que fueron más de dos policías
los que intervinieron en el primer hecho, diferente a la versión ofrecida por
la víctima.
En cuanto al reconocimiento en
rueda de personas realizado, el fiscal Jahde señaló que no aporta mucho a la
causa, atento a que el imputado ya era conocido por su función policial, por el
denunciante y por los testigos.
Con respecto a las lesiones que
sufriera la víctima, el fiscal de Cámara señaló que el informe del Cuerpo
Médico Forense concluye que las mismas "han sido producidas probablemente
por disparos de balas de goma", lo cual no arroja certeza, ya que los
testigos señalaron en la audiencia que ellos mismos las curaron.
Según la requisitoria de
elevación a juicio, el primero hecho, habría ocurrido el 11 de Julio de 2011,
alrededor de las 12 horas, en el domicilio del denunciante, ubicado en la toma
del Barrio Progreso de la ciudad de Allen, en circunstancias en que se habría
hecho presente un móvil policial de la Comisaría 33° con dos policías, el
imputado y el chófer no identificado hasta el momento. Al momento de descender,
el imputado habría solicitado a la pareja del denunciante que lo llamara para
notificarlo de un pedido de captura. En ese instante, la víctima habría
manifestado que se iba a poner las zapatillas, cuando el efectivo policial
habría intentado varios disparos de balas de goma, con un arma de fuego que
tenía en su poder, las cuales impactaron en la espalda.
Transcurrido unas horas más
tarde, a las 15 horas, en la vía pública, en circunstancias en que el
denunciante y su pareja caminaban junto a la hija de ambos, se habría cruzado
en ese momento un móvil policial, en el cual se desplazaba el imputado, que sin
detener la marcha, y con el vidrio bajo habría disparado nuevamente balas de
goma contra la víctima, de las cuales tres habrían impactado en la pierna
izquierda. Como consecuencia de los disparos, el denunciante resultó herido con
lesiones de carácter leves, conforme al informe del Cuerpo Médico Forense.
En tanto, el defensor oficial
Miguel Salomón, prestó conformidad al dictamen requerido por la Fiscalía y
solicitó la absolución de culpa y cargo de su defendido. Destacó, que la
función policial de su representado era custodiar la zona céntrica de Allen y
no los barrios de la ciudad y que su ingreso al servicio era a las 16 horas y no en el horario que
sostiene el denunciante que ocurrieron los hechos.
El Tribunal es presidido por
Emilio Stadler e integrado por los
jueces Alejandro Pellizzon y Daniel Tobares. La lectura de la sentencia está
prevista para el próximo 19 de Octubre a las 12:30 horas.
PUBLICADO EL 08/10/2016
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