El Superior Tribunal de Justicia
ratificó la condena de 16 años de prisión que la Cámara Criminal Tercera de
Roca había impuesto al autor de graves delitos contra la integridad sexual de
una menor de edad, ocurridos en Villa Regina.
Con voto rector de la Presidenta
del STJ, Liliana Piccinini, y adhesión de los jueces Enrique Mansilla y Sergio
Barotto, el Tribunal declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto
por el defensor particular Darío Sujonitzky y confirmó lo resuelto en
septiembre de 2015 por la Cámara roquense. La sentencia condenó al imputado
como "autor de los delitos de abuso sexual agravado por el vínculo, en un
número indeterminado de veces, en concurso real con abuso sexual con acceso
carnal agravado por el vínculo, en un número indeterminado de veces, y en
concurso ideal con corrupción de menores agravada por el vínculo".
Se tuvo por acreditado que los
hechos ocurrieron principalmente en la vivienda familiar, entre los años 1997 y
2004, desde que la menor de edad -hija del imputado- tenía 5 años y hasta que
tuvo 12. Luego los abusos continuaron, entre 2004 y 2008, con acceso carnal y
mediante violencia física hasta que la víctima tuvo 16 años de edad. En la
mayoría de los casos, las agresiones se producían cuando la madre de la víctima
estaba trabajando fuera de la casa.
En su recurso de casación la
defensa consideró "arbitraria" aquella condena y planteó que el
testimonio de la víctima, como principal prueba de cargo, no resultó
"sólido, coherente y sin fisuras", por lo que solicitó la absolución
del imputado.
Tras analizar la prueba
existente, el STJ concluyó que no sólo la víctima sino también su madre y
hermano eran sometidos a "violencia física y verbal" por parte del
imputado, circunstancia que permitió a los jueces interpretar en correcta
perspectiva el contenido de algunas de las declaraciones testimoniales que la
defensa había calificado como "contradictorias".
"Es posible desestimar cada
una de las críticas de la defensa al testimonio de la víctima, de modo tal que
queda incólume la regla general (...) que admite la condena en la medida de la
solidez y coherencia de sus dichos, lo que se verifica en el caso en examen",
concluyó el STJ.
Cabe señalar que la sentencia en
análisis aún no se encuentra firme, pues existen otras vías de recurso para la
defensa.
PUBLICADO EL 12/10/2016
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