En contra de lo dictaminado por la Procuradora
General de la Nación Alejandra Gils Carbó, la Corte Suprema dejó sin efecto la
medida provisoria dictada por la Sala II de la Cámara Federal de La Plata.
Para el máximo tribunal de la Nación, quienes
formularon el pedido concedido por la Cámara “carecen de legitimación” para
actuar en nombre de todos los usuarios bonaerenses.
La demanda fue presentada por un grupo de diputados
bonaerenses, el secretario general de la Defensoría del Pueblo de la provincia
de Buenos Aires y el Partido Justicialista de ese distrito.
La Corte Suprema dispuso, además, que una
presentación del Club Social y Deportivo "12 de octubre", que adhirió
a esa demanda, vuelva a primera instancia para que se compruebe si esa
institución representa a alguna categoría determinada de clubes de barrio o
clase.
A diferencia del expediente sobre el aumento de la
tarifa del gas, en el que la Corte lo anuló para usuarios residenciales de todo
el país, en el caso de la electricidad se trata de una acción de amparo con
alcance provincial.
Las diferencias entre las causas por el aumento en
el gas y la electricidad fueron destacadas por allegados al Ministerio Público
Fiscal, quienes indicaron que en el primer caso, cuando se expidió sobre la
“cuestión de fondo”, la Corte marcó en el incumplimiento del requisito
constitucional de la “audiencia pública” previa.
Agregaron que “en el caso ‘Abarca’ –el de los
legisladores bonaerenses- la Sala II de la Cámara Federal de La Plata –el mismo
tribunal que había suspendido el aumento del gas- “aún no dictó sentencia
definitiva”.
El fallo sobre la suspensión del aumento de la electricidad,
unánime, fue firmado esta mañana luego de que, unas horas antes, la Corte
recibiera el dictamen de Gils Carbó, quien opinó a favor del confirmar las
medidas cautelares que suspendieron el aumento tarifario.
PUBLICADO EL 06/09/16
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