El gobernador Alberto Weretilneck presidió hoy en
el Salón Gris de Casa de Gobierno la presentación del Código de Tierras
Fiscales Provinciales, que será remitido a la Legislatura para su tratamiento.
La iniciativa tiene el objetivo de reemplazar un
marco normativo con leyes dispersas y desactualizadas por un solo cuerpo, con
previsiones modernas que otorguen las
herramientas para el desarrollo productivo de la provincia.
Acompañaron al Mandatario, el secretario general de
la Gobernación, Matías Rulli; los ministros de Gobierno, Luis Di Giácomo; de
Obras y Servicios Públicos, Carlos Valeri; y de Seguridad y Justicia, Gastón
Pérez Estevan; el secretario de Estado de Trabajo, Lucas Pica; el director de
Tierras, Diego Lawrie y el asesor legal de la Dirección de Tierras, Enrique
Álvarez Costa. También participaron las legisladoras Sandra Recalt y Graciela
Vadebenito, autoridades provinciales y público en general.
El Ministro Di Giácomo destacó que el nuevo código
demandó “el trabajo de más de un año por parte de un equipo de jóvenes,
ayudados a la vez por la gente de mayor experiencia, de la Dirección de
Tierras”.
Recordó que esta área cuando se llegó con la
gestión del gobernador Alberto Weretilneck “era noticia por los allanamientos,
los juicios, la aparición permanente de situaciones irregulares, y ahora no
sólo se fue trabajando el día a día para llegar con respuestas a los pobladores
y a las regiones, sino que se abordó la cuestión estratégica y de planificación
con la redacción de este código”.
Señaló que la intención “es presentarlo ahora en la
Legislatura y abrir el abanico de consultas a partir de allí, a las distintas
organizaciones de la sociedad, los sectores profesionales involucrados en este
tipo de cuestiones, las sociedades rurales, las comunidades originarias, los
núcleos de pobladores o interesados, al igual que el ámbito académico”.
Dijo que “la idea es que este debate se extienda
por todo el tiempo que sea necesario, para que finalmente en base a esta
estructura básica que se elaboró desde la Dirección de Tierras, podamos llegar
a un código que nos asegure una ocupación efectiva por parte del Estado
provincial de lo que son nuestros recursos, con el cuidado del medio ambiente”.
Di Giácomo mencionó además que “hay áreas que seguramente van a tener
muchísima discusión y debate, por ejemplo, nosotros hemos optado con respecto a
lo que significa la tenencia y la
cantidad de tenencia de tierras a favor de extranjeros o sociedades
extranjeras, continuar con el régimen vigente de la provincia, ya que estamos
viendo que la ley nacional tiene sus fluctuaciones hacia un lado y hacia otro”.
Contenido del Código
El asesor de la Dirección de Tierras, Enrique
Álvarez Costa, explicó los ejes fundamentales del nuevo código, señalando que
se reemplaza un marco normativo con leyes dispersas y vetustas por uno que
congrega las disposiciones aisladas en un mismo cuerpo, con previsiones
modernas y futuristas desde lo productivo.
Se crea así un compendio legal con proyección a los
próximos 50 años y se transparentan los mecanismos a través de la publicidad de
los actos vinculados a las tierras fiscales.
No se admitirán excepciones al régimen, limitándose
la discrecionalidad de los funcionarios que intervienen, siendo necesaria una
ley especial para cualquier caso que escape a las previsiones contempladas.
Con la iniciativa se reforma el sistema de tasación
en diversos aspectos; el precio de la tierra no será fijado por el funcionario
a cargo de la Dirección de Tierras sino que surgirá de un trabajo
interdisciplinario en el que converjan actores públicos y estatales.
Asimismo, se discrimina el valor de venta según
condiciones subjetivas y objetivas, incorporando el concepto de precio de
mercado a abonar en determinados casos. Entre otros ejes, mencionó que se
realza la protección del medio ambiente, castigando a quien no cumpla con las
directivas emanadas de la correspondiente autoridad de aplicación.
En este marco, Álvarez Costa destacó que se
empodera a diversos Municipios a través de la facultad del Ejecutivo de
transferir a su patrimonio las tierras fiscales provinciales ubicadas en sus
cascos urbanos.
Dijo que de esta forma, se termina con décadas en
las que las autoridades locales fueron rehenes de la Provincia a la hora de
querer diseñar el crecimiento de sus ciudades y administrar las tierras de sus
ciudadanos y, consecuentemente, se agiliza el acceso a la vivienda en dichos
poblados.
Indicó que “se establece un mecanismo ágil y
transparente para que puedan acceder al título de propiedad los pobladores
rurales que han ocupado por 20 años o más el campo y mantenido en producción el
mismo así como se otorgará igual beneficio a quienes se asentaron y
construyeron su hogar en las Comisiones de Fomento”.
“De esta forma, se brinda seguridad jurídica en la
tenencia de la tierra, cumpliéndose con un mandato que se plasma en el derecho
internacional y posee plena vigencia en el ámbito interno”, señaló.
Por otra parte, se prevé la posibilidad de entregar
en uso y explotación campos ubicados en áreas naturales protegidas pero
manteniendo la propiedad de la tierra en cabeza de la Provincia.
Álvarez Costa explicó respecto a la realidad actual
en esta temática que “el marco legal se divide en dos grandes ejes, el ámbito
rural con la ley Q 279 y el ámbito urbano la ley 1452”.
Asimismo, indicó que “en el ámbito rural entre
campos, chacras e islas tenemos aproximadamente 3.500.000 de hectáreas y en la
región urbana administramos la totalidad de los ejidos de comisiones de fomento
y parte importante de cascos urbanos de
algunos municipios”.
Recordó que Ley Q 279 fue sancionada en 1961 y
tenía un fin colonialista, de fomentar el arraigo rural y asentamiento de
nuevas familias productoras.
Indicó que de esa norma quedó desactualizado que
sólo se permitían como rubros productivos la agricultura, ganadería y
forestación, pero “en la actualidad tenemos muchos requerimientos para otras
actividades, por ejemplo, el turismo rural, la producción minera,
principalmente a través de la explotación de canteras, y el turismo
tradicional”, entre otros.
Establecer un código permite congregar previsiones
para el ámbito rural y urbano en una misma ley, reúne normas dispersas y
modificaciones generadas aisladamente, elimina cualquier vestigio de
antagonismo y brinda armonía y coherencia administrativo - legal.
De esta manera,
el plan de regularización que se plantea en la zona rural prevé un
cristalino mecanismo de adjudicación que posibilita lograr el título de
propiedad a familias rurales de probado asentamiento y producción así como a
habitantes de Comisiones de Fomento que hayan construido su hogar.
Así se otorga seguridad jurídica en la tenencia de
la tierra a los pobladores con probada ocupación al 31/12/2015.
Respecto a la regularización en la zona urbana, se
plantea una adjudicación directa del título de propiedad con los requisitos de
5 años de antigüedad, vivienda con condiciones de higiene y habitabilidad,
terreno mensurado y no tener otra parcela afectada a mismo destino en misma
Comisión de Fomento, mientras que se contempla una adjudicación indirecta que
otorga plazo para quienes no cumplan todos los requisitos y exige un piso de 5 años de ocupación.
Respecto al precio de la tierra, surgirá de un
Cuerpo Interdisciplinario integrado por sector público y colegios profesionales
idóneos en tasaciones, se prevé la participación técnica de universidades y
otras entidades académicas; un valor de venta venal o de mercado para
sociedades comerciales y un valor diferenciado para personas físicas según
factores objetivos, como la ubicación del inmueble, acceso a vías de
comunicación, cursos de agua, belleza escénica, etc., y factores subjetivos:
antigüedad del ocupante, mejoras introducidas, gastos de mensura, residencia
efectiva, etc.
Concluyó que se reemplaza un desactualizado marco
legal por un andamiaje normativo moderno, transparente, rígido y coherente,
pensado con múltiples propósitos, se adecúan las leyes a las demandas actuales;
se prevén las herramientas para el desarrollo productivo de la Provincia de las
próximas generaciones; se protege el patrimonio público, limitando la
discrecionalidad en la toma de decisiones de los funcionarios intervinientes;
se otorga transparencia y publicidad a las titularizaciones y se enfatiza la
protección del medio ambiente.
PUBLICADO EL 14/07/16
POR INFOALLEN – MAIL: noticias@infoallen.com.ar