La Corte Suprema publicó el “Registro Nacional de
Femicidios de la Justicia Argentina”, con los datos estadísticos del año 2015.
El Registro está a cargo de la Vicepresidenta del
máximo órgano judicial, Dra Elena Highton de Nolasco, en su calidad de Ministra
a cargo de la Oficina de la Mujer y de la Oficina de Violencia Doméstica.
El compendio se elabora a partir de la colaboración
de todas las jurisdicciones del país. En el caso de Río Negro, los datos fueron
aportados por la Oficina de Género, en base al monitoreo permanente que realiza
el organismo.
De acuerdo a lo informado por la Corte Suprema de
Justicia, “el concepto de femicidio permite visibilizar las muertes violentas
de mujeres por razones de género y, de esta manera, alcanzar una comprensión
más acabada del fenómeno y sus causas”.
“En el marco de la “Declaración sobre el Femicidio”
del año 2008, se definió este término como la muerte violenta de mujeres por
razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad
doméstica o en cualquier otra relación interpersonal; en la comunidad, por
parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus
agentes, por acción u omisión”.
En relación a esto, la Ley 26.791 sancionada en
2012 introdujo cambios en el Código Penal. Se modificaron los incisos 1° y 4°
del artículo 80 y se incluyeron los incisos 11° y 12° que imponen la pena de
prisión o reclusión perpetua a quien matara “a una mujer cuando el hecho sea
perpetrado por un hombre y mediare violencia de género” (inciso 11°) y a quien
lo hiciera “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se
mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1°” (inciso
12°), con lo que se incorporaron las figuras de femicidio y femicidio
vinculado.
Para la compilación de los datos se utilizó el
mismo sistema informático en línea diseñado para la carga de los femicidios
cometidos en 2014. Este permite a cada jurisdicción cargar directamente la
información requerida. También se pusieron a disposición planillas imprimibles
para posibilitar la recolección en las distintas dependencias, especialmente,
en aquellas jurisdicciones que no tuvieran centralizados los datos requeridos.
A fin de impedir un proceso de duplicación de la
información, se indicó que las planillas debían ser completadas exclusivamente
por los juzgados de primera instancia, de instrucción o fiscalías que iniciaron
las causas y, en caso de que el expediente hubiese sido elevado a otra
instancia, se certificara su estado procesal al momento de cargar la
información al sistema. Los resultados totales de las planillas completadas por
estas dependencias fueron volcados al sistema por la persona designada en la
jurisdicción.
El Registro, que está accesible en
http://www.csjn.gov.ar/om/docs/femicidios_2015.pdf, obliga a relevar distintas
variables: cantidad de víctimas, cantidad de imputados, edad de las víctimas,
edad de los imputados, vínculo entre víctimas e imputados, cantidad de niñas/os
y adolescentes menores de edad a cargo de las víctimas, estado procesal de la
causa, existencia de denuncias por violencia previas. Luego, detalla una serie
de subcategorias, que permiten una información sumamente detallada para
realizar comparaciones y estudios de todo tipo.
El informe
Según el informe, durante 2015 se registraron 235
víctimas de femicidio. Chubut, Río Negro, San Juan y Catamarca no tuvieron
femicidios durante dicho año. En el caso de Río Negro, sí se habían
contabilizado 6 víctimas de femicidio en 2014 y 3 en lo que va de 2016. Por su
parte, Tierra del Fuego, La Rioja y La Pampa registraron 1 caso en 2015,
mientras que Tucumán y San Luis, 2 casos. Las provincias con más alto índice de
casos casa 100 mil habitantes son Santa Cruz, Santa Fe y Salta.
El total de imputados es de 236. El 43% de las
víctimas tenía entre 21 y 40 años al momento de ser asesinadas. El 25% de las
víctimas tenía entre 41 y 60 años, el 11% se encontraba entre 16 y 20 años, el
9% superaba los 60 años y el 9% era menor de 16 años. Solo en el 3% de los
casos la edad no se encuentra disponible.
El 54% de los imputados fueron varones mayores
comprendidos en el rango etario de 19 a 40 años.
El 28% de los imputados tenía entre 41 y 60 años.
El 6% eran mayores de 60, mientras que el 6% tenía entre 16 y 18 años. Hay un
único imputado menor de 16 años. Solo en el 6% de los casos este dato no se
encuentra disponible.
Un 5% de los femicidios fueron cometidos por
extraños, mientras que el 17%, por conocidos. La mayoría de los casos fue
perpetrado por parejas, exparejas, novios, maridos y convivientes,
constituyendo la sumatoria de los casos en que existía este vínculo un 58%.
En un 12% de los casos se encuentran imputados
familiares. Por lo tanto, en el 70% de los casos el perpetrador fue un allegado
de la víctima. No se dispone de datos para dar cuenta del vínculo entre víctima
e imputado en el 8% de los casos.
La Corte Suprema avanzó en otros datos. Como
consecuencia de las 235 muertes de mujeres, al menos 203 niñas/os y
adolescentes quedaron sin madre. No se ha podido precisar la cantidad de
hijas/os en 55 casos. En este punto, debe recordarse que del total de víctimas,
20 eran menores de 16 años y 22 superaban los 60 años.
Al menos el 20% de las víctimas había denunciado
previamente por violencia de género al imputado. En el 27% se certifica que no
existieron denuncias previas. Mientras que en el 53% no fue posible constatar
este dato.
PUBLICADO EL 20/07/16
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