EL MÁXIMO TRIBUNAL SE
REFIRIÓ A LOS GREMIOS REGISTRADOS CON PERSONERÍA O SIMPLE INSCRIPCIÓN Y
CONSIDERÓ QUE SON ILEGÍTIMAS LAS MEDIDAS DE FUERZA REALIZADAS POR GRUPOS
INFORMALES DE TRABAJADORES.
Así lo resolvió hoy el
máximo tribunal al rechazar la demanda promovida por Francisco Daniel Orellano,
un empleado del Correo Oficial de la República Argentina que fue despedido por
haber participado en medidas de fuerza sin el aval de ninguna representación
sindical.
El presidente de la
Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda
manifestaron que la Constitución Nacional y las normas internacionales sobre
derechos humanos sólo le reconocen el derecho a declarar una huelga a los
sindicatos,
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