LA CAUSA NISMAN SALE DEL FUERO FEDERAL Y VUELVE A LA JUEZA PALMAGHINI

La investigación por la muerte del fiscal Alberto Nisman, quien estaba a cargo de la causa AMIA, volverá a ser abordada por la jueza de instrucción Fabiana Palmaghini, según ordenó la Cámara Federal de Casación Penal (CNCP), que le quitó la competencia a la justicia federal al responder favorablemente al recurso interpuesto por Diego Lagomarsino.

La sala de turno aceptó el recurso de Lagomarsino contra el fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional en lo Criminal que, meses atrás, había dispuesto que la causa por la muerte del fiscal pasara al fuero federal penal, donde había quedado radicada ante el juez Julián Ercolini.

El miércoles, en una audiencia convocada para escuchar los argumentos de las partes, las querellas, tanto la que representa a las hijas menores de edad Nisman, como la apoderada de Sara Garfunkel, madre del fiscal, se habían opuesto al recurso presentado por la defensa de Lagormasino.

El experto en informática, dueño de la pistola con la que se efectuó el disparo mortal con el que Nisman fue hallado el 18 de enero de 2015 en el baño del departamento que ocupaba en Puerto Madero, de esta capital, sostuvo que el pase a la justicia federal violaba su derecho a ser juzgado en un plazo razonable.

Las querellas sostuvieron que era Lagomarsino demoraba el trámite del sumario y reclamaron la competencia de la justicia federal, que abona la hipótesis de un homicidio, porque Nisman fue hallado muerto cuatro días después de denunciar a la entonces presidenta Cristina Kirchner y a funcionarios de su gobierno como encubridores del ataque a la mutual judía.

“Mientras no se incorporen elementos probatorios que permitan sostener seriamente una sospecha razonable de la comisión de algún comportamiento con relevancia jurídico penal,  existe una absoluta incertidumbre a efectos de la aplicación del artículo 116 de la Constitución Nacional y del artículo 33 del Código Procesal Penal de la Nación que habilite el paso al fuero de excepción”, reza el dictamen de la Cámara.

Añade que “la orfandad de elementos agregados al proceso que permitan concluir que debe   darse intervención a la justicia de excepción, determina que continúe investigando, con la debida celeridad y eficiencia, el magistrado que ha prevenido hasta el momento, en razón de lo establecido de modo constante por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

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