La jueza Marissa Palacios, que conduce el Juzgado
de Familia N°7 de la Cuarta Circunscripción, confirmó que ya dispuso la entrega
de los primeros botones antipánico para víctimas de violencia intrafamiliar.
Agregó que los dispositivos implementados en la jurisdicción ya superaron la
etapa de prueba y funcionaron exitosamente.
Palacios evaluó el riesgo y la situación
psicofísica de las mujeres que han denunciado violencia familiar y en los casos
que consideró oportunos citó a las víctimas y resolvió que se les otorgue un
botón antipánico.
Los dispositivos fueron adquiridos por el Poder
Ejecutivo provincial para la puesta en funcionamiento del programa “Río Negro
Asiste”, que se presentó el último 19 de mayo en Cinco Saltos.
La aplicación de los botones antipánico está
destinada a víctimas de violencia intrafamiliar, cuya situación se encuentre
judicializada.
La Ley Provincial 4948 establece en su artículo 1º
que se crea en la provincia el Sistema de Alerta y Monitoreo Antipático
Rionegrino de asistencia a las víctimas de violencia comprendidas en la Ley Nº
3040, de Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones
Familiares.
El botón antipánico es un mecanismo de alerta
puesto a disposición del Poder Judicial para que aquellas mujeres víctimas de
violencia de género - vía orden judicial - tengan la posibilidad de estar
conectadas a la central policial del 911. Contempla el otorgamiento de un
dispositivo de alerta provisto por un localizador, con un pulsador de alertas
(botón S.O.S) que posee funciones similares a la de la telefonía móvil, para
comunicarse con el sistema de Emergencias 911.
El dispositivo emite alertas por SMS, GRPS o VOZ y
todas sus señales están georeferenciadas a través de un GPS de alta
sensibilidad que disminuye los tiempos de la obtención de las coordenadas
geoestacionarias.
La emisión de las alertas es direccionada al
sistema de Río Negro Emergencias. El operador, en tiempo real mediante
posicionamiento GPS, puede conocer la ubicación de la víctima que necesita
asistencia. Una vez accionado el dispositivo se activa el modo de recepción de
audio ambiental, con el cual el operador del 911 puede escuchar y grabar lo
ocurrido en el lugar, optimizando la información necesaria para la comisión
policial que posteriormente tomará intervención.
La efectividad del dispositivo está relacionada con
la disponibilidad, conectividad o intensidad de la señal de la compañía
prestadora del servicio de telefonía celular.
Según el protocolo, la primera intervención la
realizará el Poder Judicial. En esta etapa, un gabinete profesional evalúa el
estado de la persona a los fines de establecer si se encuentra en condiciones
psicofísicas de poder operar y utilizar un dispositivo de estas
características.
Una segunda intervención estará a cargo del
ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia a través de la subsecretaría
de Política Criminal. Mediante una entrevista personal se explica el
funcionamiento del programa, sus alcances y limitaciones. Finalmente se realiza
el relevamiento técnico en el domicilio de la víctima.
Una tercera intervención corresponde al inicio de
monitoreo y en esta etapa, además, se realizará una capacitación para las
víctimas en la utilización del dispositivo.
Cada víctima contará con un legajo que constará de
datos personales e información del agresor con las características que eleven
peligrosidad. Esta información se ingresa al Sistema de Monitoreo y al momento
de producirse un evento el operador puede visualizarlos y aportar datos al
móvil policial que acude al llamado.
El botón antipánico, se aclaró desde el Juzgado de
Familia N°7, no siempre reemplaza a la custodia policial. “Existen determinados
casos en los que la utilización del dispositivo no es ciento por ciento
efectiva por distintas razones, no sólo técnicas, y en esas circunstancias se
evalúa como más eficaz aquél tipo de protección personal”, indicó la
magistrada.
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