El Superior Tribunal de Justicia de la
Provincia de Río Negro “declaró que la competencia para convocar a Elecciones
en el Municipio de Allen le Corresponde al Concejo Deliberante y declaró la
Nulidad de la Resolución Municipal del Poder Ejecutivo Municipal donde fijaba
como fecha de elecciones el 5 de Julio.
El fallo tuvo como voto rector y
consideraciones realizadas por el Juez de ese máximo órgano Judicial Provincial
Dr. Enrique J. Mansilla, el que tuvo el acompañamiento de sus colegas Dr.
Sergio M. Barotto, Ricardo A. Apcarián y Liliana L. Piccinini y la abstención
de la Jueza Adriana C. Zaratiegui.
Cabe destacar que en horas del mediodía de hoy
y ante la inminencia de un fallo en contra de la Resolución Municipal 358/15
por parte del S.T.J. de la Provincia, el Concejo Deliberante aprobó por mayoría
la fecha de la elección presidencial (25 de Octubre) para la realización de
manera conjunta de los comicios comunales.
Luego de conocido el fallo del STJ algún que otro concejal además de otros
‘interesados’ en la política local, tuvieron algún motivo para ‘festejar’,
luego de la paliza electoral recibida el Domingo por el partido del Gobernador
Alberto Weretilneck.
Es tal el nivel de descaro de algunos ediles,
que incluso afirmaron a través de redes sociales que “la justicia falló a favor
del pueblo de Allen” al dar por entendido que se está dando cumplimiento a lo
establecido por la Carta Orgánica Municipal en cuanto a las atribuciones de
cada uno de los Poderes del Estado Municipal de Allen.
Llama la atención que éstos incompetentes
ediles, nada digan acerca de la
flagrante violación de lo dispuesto por la Ley 2431 la cual establece
claramente en su Artículo 140 que “...
la convocatoria a toda elección efectuada en el ámbito provincial y comunal se
realizará con un plazo mínimo de noventa (90)
y un máximo de ciento veinte (120) días de anticipación al acto
eleccionario...”.
Éste hecho, además de no dejar pasar por alto
que el Concejo Deliberante operó en oposición a sus propios actos, al haber por
un lado recurrido a la Justicia para validar su derecho a fijar la fecha de las
elecciones, y por el otro hoy en horas del mediodía (cuando todavía no se había
dictado la resolución del STJ) haber fijado una nueva fecha, le abre la puerta
al Poder Ejecutivo Municipal para vetar la Ordenanza aprobada hoy, por el sólo
hecho de meramente cumplir con sus deberes de funcionarios públicos, los que los obliga a algo que en la política parece estar cada día más devaluado: El
simple cumplimiento de la ley.