Un
Tribunal de Impugnación en Neuquén, liberó esta semana a tres asesinos y
absolvió a un condenado a 10 diez años de prisión por un crimen. Ante estas situaciones, ocho jueces y un legislador tomaron la decisión de “no soltar”
delincuentes. “Nos fuimos reuniendo en forma separada, porque siempre algunos
estamos en audiencia, y todos coincidimos en este criterio”, aseguró uno de los
magistrados.
Ocho jueces que dictaminan en primera
instancia, acordaron no liberar a las
personas declaradas culpables por un jurado popular. La medida no genera
hermetismo en el sistema, ya que la defensa puede intentar saltar el cerco
recurriendo al Tribunal de Impugnación que en esta semana liberó a tres
asesinos y absolvió a un condenado a 10 diez años de prisión por un crimen.
En medio de la polémica, asoma un
“conflicto de poderes” ya que el legislador José Pino Russo elevó un pedido de
informe por las liberaciones al Tribunal Superior de Justicia.
Tras un fuerte cruce entre fiscales,
jueces y políticos por el vencimiento de los plazos de detención que
permitieron liberación de tres asesinos, los magistrados de primera instancia
resolvieron cerrar filas.
Se trata de los jueces: Ana Malvido, Mara
Suste, Carina Álvarez, Mauricio Zavala, Cristian Piana, Raquel Gass, Marcelo
Muñoz y María Gagliano.
“Unificamos criterio y decidimos que el
artículo 119 no es de aplicación automática”, explicó bajo reserva un
magistrado.
El artículo 119 del Código Penal prevé
que una persona que ha cumplido un año de prisión sin que se le dicte pena
recupere la libertad.
“En estos casos existe el riesgo procesal
de fuga. Toda persona quiere estar libre. Ahora, después de un año de estar prisión,
cuando las vayan a buscar no sé si las van a encontrar”, dijo el juez en
referencia a los tres asesinos liberados.
El magistrado explicó que el 119 está
vinculado a los plazos razonables, es decir, para que una persona no se pase un
año en prisión sin que avance su causa. “Pero en estos casos, las personas
habían sido declaradas culpables por un jurado popular. Eso es lo que decidimos
contemplar nosotros para no aplicar automáticamente el 119”, aclaró el juez
neuquino.
El acuerdo de jueces, que no es oficial,
se fue dando de manera espontánea en estos días. “Nos fuimos reuniendo en forma
separada, porque siempre algunos estamos en audiencia, y todos coincidimos en
este criterio. Seguramente, después lo vamos a oficializar”, confió el juez.
La medida tomada por los ocho no
significa que se haya instalado un cerco ni sellado ninguna puerta de salida.
“Cuando se deniega una liberación, el nuevo Código prevé que puedan recurrir al
Tribunal de Impugnación”, graficó en un lenguaje llano el magistrado.
Respecto de las liberaciones de la
semana, aclaró que “no solo hay responsabilidad de los fiscales: en un caso
fueron medidas dilatorias presentadas por la defensa”.
TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN: liberaron a un
condenado a 10 años por un crimen
Un Tribunal de Impugnación decidió
absolver a Aldo Yapura, condenado el pasado 5 de noviembre a 10 años de prisión
por el crimen de Miguel Vilugrón, ocurrido en el barrio Confluencia en 2013.
Los magistrados decidieron liberarlo por el “beneficio de la duda”. Desde el Ministerio
Público Fiscal presentarán un recurso extraordinario ante el Tribunal Superior
de Justicia solicitando que revoquen el fallo.
La audiencia que dejó en libertad a
Yapura se realizó el miércoles pasado, en medio de otras polémicas
excarcelaciones. El recurso que dejó
libre a Yapura no fue un vencimiento de plazos, sino una revocación de condena.
El joven había sido juzgado y hallado culpable en primera instancia por un
colegio de jueces -por dos votos a uno-, y condenado a 10 años de prisión efectiva.
La Legislatura le pide al TSJ que dé
una explicación
La Cámara de Diputados de la provincia de
Neuquén solicitó al Tribunal Superior de Justicia que informe por escrito sobre
las causas y niveles de responsabilidad de funcionarios y magistrados del Poder
Judicial respecto de la excarcelación de personas condenadas por jurados
populares.
Lo hizo a través de la Comunicación N°
22, votada ayer por unanimidad en la 2ª sesión ordinaria del 44° período
legislativo.
En el pedido se requiere que, según lo establecido
en la Ley 2784 del Código Procesal Penal, también se informe el número de casos
en los cuales expiró el plazo para realizar el juicio de cesura y los causales
de dicha situación.
La iniciativa fue presentada al inicio de
la sesión por el presidente del bloque del MPN, José Russo, y avalada por el
resto de los legisladores, razón por la cual la Cámara fue puesta en comisión
para tratar y aprobar el tema.
La diputada Beatriz Kreitman, del CC
-ARI, consideró sobre la decisión de la Justicia de excarcelar a personas
condenadas por jurados populares, que no era conveniente que la discusión entre
poderes se dé en los medios.
Tras el crimen de Pereira, la Policía
blinda Confluencia
La muerte del dirigente del MPN, ocurrida
el martes por la noche en Confluencia, dejó al desnudo la realidad a la que los
vecinos del barrio deben enfrentarse a diario. Ante esta situación, el jefe de
la Policía de la Provincia, Raúl Liria, ordenó que la seguridad fuera reforzada
y para esto dispuso que el barrio sea blindado con personal de la Metropolitana
y la Despo, que se encuentra patrullando continuamente la zona.
Fuentes judiciales informaron que en uno
de los operativos que se realizaron ayer por la madrugada se logró secuestrar
un arma de fuego y se confirmó que las familias que habrían protagonizado el
enfrentamiento, del que resultó víctima José Orlando Pereira, son las mismas
que han estado involucradas en diferentes balaceras.
“Esta situación no escapa a la
conflictividad que se vive en Confluencia”, indicó el fiscal Maximiliano Breide
Obeid. La única solución propuesta es la de mayor presencia policial para
evitar enfrentamientos. Fuente La Mañana de Neuquén
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