El organismo a cargo de Ricardo Echegaray
estableció una obligación online que deben cumplir los pequeños contribuyentes
antes del 31 de marzo próximo. Se deben informar los comprobantes que fueron
impresos antes del 1 de noviembre pasado y aún no fueron utilizados. Conozca el
paso a paso.
Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) mantiene online el procedimiento que deben seguir los
monotributistas para declarar los talonarios de facturas que aún se encuentran
en su poder, a fin de estar habilitados a utilizarlos a lo largo de este año.
La historia se remonta a septiembre
pasado cuando el organismo a cargo de Ricardo Echegaray publicó las
resoluciones 3665 y 3666 que obligaban a los pequeños contribuyentes a obtener
el Código de Autorización de Impresión (CAI) online e impedían el uso de los
comprobantes ya impresos a partir del 1 de enero de este año.
Para terminar con la confusión, el fisco
nacional publicó la resolución general 3704 a través de la cual se estableció
un nuevo procedimiento a seguir por parte de aquellos pequeños contribuyentes
que ya tenían facturas impresas antes del 1 de noviembre.
En resumen, la flamante reglamentación
establece que quienes todavía conserven los viejos talonarios podrán
utilizarlos hasta que se les acaben. Para ello, deben comunicar al organismo de
recaudación los datos de estas facturas a través de un régimen de información
web que ya se encuentra en pleno funcionamiento. Fuente i Professional
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