NEUQUÉN: AVANZAN EN LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL REGISTRO DE CONDENADOS POR DELITOS SEXUALES

El registro de condenados por delitos contra la integridad sexual (RIPeCoDIS) deberá consignar huellas dactilares, fotografías, historial criminal, cicatrices, señales, tatuajes, grupo sanguíneo, registro de ADN, domicilio, ocupación y/o cualquier otro dato identificador. Uno de los aspectos de la ley Nº 2520, aún sin reglamentar, es la autoridad de aplicación, la que dejaría de estar bajo la órbita del poder Ejecutivo para recaer en el poder Judicial.

Además, se acordó que los datos genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual se aporten al registro nacional que funciona en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Los datos serán considerados sensibles y de carácter reservado.

El parte de prensa de la Legislatura de la vecina provincia, dice que uno de los aspectos de la ley Nº 2520 –aprobada en el año 2006 pero sin reglamentar- que modifica el despacho es la autoridad de aplicación, deja de estar bajo la órbita del poder Ejecutivo para recaer en el poder Judicial.

En cuanto al acceso a la información, se notificará a los organismos pertinentes cuando sea requerido y si el pedido lo hace una persona física, deberá acreditar un interés legítimo y sólo se le informará si está o no incluido en el registro.

El texto aprobado unificó tres propuestas presentadas sobre el tema, impulsadas por el bloque del MPN, el diputado Sergio Rodríguez (PJ) y la diputada Fernanda Esquivel Caliva (UP).

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