Por Pedro Pesatti (*) El 20 de
diciembre de 2012 la Legislatura sancionó la ley 4818 que puso en marcha el
proceso de renegociación de contratos petroleros. El instrumento legal fue
aprobado por unanimidad y su texto se redactó con el concurso de opiniones
provenientes de todo el arco de la oposición con el fin de producir una norma
que adquiera las características de una auténtica política de estado.
El argumento central de esta
decisión de la Provincia se fundó en la obligación que marcan los tiempos:
concurrir a la realización del objetivo nacional de recuperar la capacidad de
autoabestecimiento en materia de hidrocarburos y resolver la paradoja que
enfrenta el país de tener que comprar -por un valor de 13 mil millones de
dólares anuales- lo que tiene enterrado en el subsuelo.
En consecuencia, como producto de
esta decisión -y de la ley 4818- el Poder Ejecutivo comenzó a renegociar el
contrato con la empresa Petrobrás, circunstancia que felizmente ocupa buena
parte de la atención de la opinión pública en una provincia que jamás tuvo
debida conciencia sobre su patrimonio hidrocarburífero y, mucho menos, sobre el
acoplamiento de prácticas industriales afines que sumen mayores beneficios a
los que la naturaleza por sí misma ya nos ha prodigado.
El acuerdo, enmarcado en las
coordenadas que la ley fijó como pautas de la negociación, ya fue sometido a la
instancia de la audiencia pública, hecho éste último que no tiene antecedentes
en ninguna otra jurisdicción del país pues jamás un contrato hidrocarburífero
se analizó con una metodología igual, a puertas abiertas, con participación
ciudadana y con el expediente a disposición de todo aquel que quiera
consultarlo.
El acuerdo propiamente dicho es
un contrato por diez años con la empresa del estado del Brasil, Petrobrás. Esta
empresa, creada en 1953 por el presidente Getulio Vargas, opera en las áreas
que son objeto del acuerdo desde 2002, momento en el cual Petrobrás adquirió
todos los activos de Pérez Companc y las áreas que esta empresa operaba en Río
Negro desde tiempos pretéritos.
La provincia, como contraparte de
la concesión de las áreas Medanito, Jaguel de los Machos y Río Neuquén,
pretende alcanzar las siguientes metas y beneficios:
1) Aumentar un 10% la producción
de petróleo y un 38% la producción de gas en las áreas comprendidas en el
acuerdo.
2) Percibir, por la firma del
mismo, un cánon denominado Bono Fijo por 92,8 millones de dólares que será
aplicado a dos fondos fiduciarios para obras públicas e infraestructura para la
producción como asimismo para saldar la deuda histórica que tiene el estado
provincial con los municipios cuyos ejidos registran la presencia de
hidrocarburos. También se coparticipará un 15% de este recurso con todos los
municipios, correspondiéndole una mitad a la totalidad de los estados locales y
la otra mitad a los nueve municipios petroleros.
3) Percibir -lo que en términos
del acuerdo se denomina Aporte para el Desarrollo Social y Fortalecimiento
Institucional por un valor de 18,5 millones de dólares- infraestructura
edilicia y/o equipamiento operativo para policía, seguridad pública, salud,
educación y vialidad provincial, que la empresa deberá acreditar en un período
de 18 meses.
4) El acuerdo estipula, en otro orden,
un Aporte Complementario sobre la producción de gas y petróleo del 3,5% que, a
valores actuales, equivale a 85 millones de pesos por año.
5) La empresa, por otra parte,
deberá pagarle a Río Negro un Adicional por Renta Extraordinaria del un 0,5%
por cada 5 dólares por encima de 80 dólares que cotice el barril de crudo y, en
el caso del gas, pagará 0,5% por cada 0,5 dólares que supere al valor de 3,5
dólares/MBTU. Paralelamente deberá invertir entre 25 mil y 50 mil dólares
mensuales para la capacitación de técnicos y operarios.
6) En lo que refiere
estrictamente al Plan de Desarrollo e Inversión la concesionaria destinará a
esos fines 820 millones de dólares durante los 10 años de la concesión. Para
tal fin, el equipo técnico del estado provincial exigió a la concesionaria un
incremento en la inversión -explotación y exploración- que se resume en la
perforación de 77 pozos de desarrollo, 72 reparaciones, 16 conversiones, 13
abandonos, perforación de 8 pozos exploratorios y el compromiso adicional de la
perforación de 8 pozos contingentes a ejecutar en los primeros cuatro años de
la firma del convenio. Junto a todo ello, la empresa se comprometió a mantener
una tasa de declinación no mayor al 12% para el desarrollo de las reservas
probadas.
Un punto clave, por el lugar que
ocupó en la discusión pública, es lo
que el propio convenio apunta cuando sostiene que “la concesionaria acepta
expresamente que es facultad de la autoridad de aplicación instrumentar la
reversión total o parcial a favor de la provincia de aquellas superficies de la
concesión de explotación que no registren, a criterio de la autoridad de
aplicación, resultados razonables conforme los alcances de la ley nacional de
hidrocarburos 17.319”.
En el mismo nivel de importancia
debemos consignar la obligatoriedad por parte de Petrobrás de contratar no
menos del 80% de bienes y servicios en el ámbito de la provincia. El “compre
rionegrino” queda de esta manera garantizado, sobre todo para los trabajadores,
y las pequeñas y medianas empresas nacidas y radicadas en la provincia.
Idéntica relevancia debemos
adjudicar a discusión por la situación fiscal de Petrobrás: la empresa, como la
totalidad de las empresas de su tipo que refinan y producen combustibles,
sostiene que, por las características de su actividad, debe tributar 1 punto en
concepto de ingresos brutos y no la alícuota general de 3 puntos como exige Río
Negro. La controversia, originada por el inicio de acciones de apremio por la
actual administración provincial, tiene radicación en la Corte Suprema de
Justicia de la Nación. En virtud de ello, la provincia exigió a Petrobrás -para
poder avanzar en el acuerdo- un seguro de caución equivalente al monto por la
proporción de ingresos brutos que está en litigio. Por lo tanto, si la justicia
falla a favor de la provincia operará a su favor la póliza que para ese efecto
requirió a la concesionaria.
Finalmente, Petrobrás deberá
invertir en la remediación ambiental de todas las áreas un total de 24,8
millones de dólares y garantizar, al mismo tiempo, la inversión comprometida
con una póliza de caución a presentar dentro de los diez días de ratificado el
contrato. Junto con ello, deberá ajustar sus prácticas a los requerimientos que
surgen de la ley 4818 y sus consecuentes derivaciones plasmadas en los anexos
del acuerdo.
En resumen, el contrato que el
estado provincial ha propuesto a la Legislatura para su ratificación reúne
beneficios inobjetables para la comunidad rionegrina aunque somos conscientes
de las fuertes críticas que expresan notables dirigentes políticos que aspiran
a conducir los destinos de la provincia en el próximo turno electoral y cuyo
liderazgo se proyecta en la opinión de un sector de la Legislatura que se ha
manifestado en contra de votar la concesión.
De todos modos, el acuerdo está
en la Legislatura para su ratificación o rechazo. Nosotros sólo pretendemos que
se cumpla con lo que dice la ley 4818 respecto a que una vez consumada la
audiencia pública la Legislatura debe tratar el acuerdo en la primera sesión
que sobrevenga a la misma.
Queremos que el acuerdo se trate;
que cada legislador exponga sus argumentos a favor o en contra y que el
criterio de la mayoría, aunque no concuerde con lo que pensamos, decida el
curso final de este proceso.
El pueblo, como siempre, tiene la
última palabra y la historia dejará en sus anales el registro de estos hechos
para que sean evaluados en los tiempos que vendrán pues el devenir enseña que
lo que hoy es posible mañana tal vez resulte una quimera.
En efecto: basta para ello indagar
qué capacidad de negociación tendrán las provincias en el nuevo marco
hidrocarburífero que está impulsando la Nación si éste finalmente prospera,
como todo lo está indicando, para concluir que el momento es ahora.
Si dejamos para mañana lo que
podemos hacer hoy es probable que Río Negro pierda la capacidad que el actual
marco regulatorio en materia hidrocarburífera no le prohíbe, quedando
inhabilitada para exigir el cobro de un cánon previo a la firma de cualquier
acuerdo por 92,8 millones de dólares, o el aporte por responsabilidad
empresaria de 18,5 millones de dólares o el aporte complementario de 3,5% de la
producción, equivalente, aproximadamente, a 85 millones de pesos anuales.
Ningún protagonista de la
discusión que hoy tenemos en Río Negro desconoce esta información clave para la
toma de decisiones. Por ello es necesario que toda la comunidad también tenga
pleno conocimiento de la materia en discusión para que si el acuerdo no
prospera y la provincia pierde los cuantiosos recursos económicos y financieros
que están en juego sepa quiénes fueron los responsables de tamaño desatino.
(*) Presidente del Bloque de
Legisladores del Frente para la Victoria de Río Negro