“Para llevar adelante una verdadera transformación del funcionamiento de la justicia en Rio Negro debemos cambiar el modelo de selección de los funcionarios judiciales y del Consejo de la Magistratura y eliminar urgente la cláusula de residencia para quienes deseen ocupar un cargo jerárquico en Poder Judicial y, para ello, debemos reacondicionar el texto de la Constitución”, señaló el legislador provincial del FPV, Martín Doñate:
También señaló que debe ser una “reforma ágil, de mucho y profundo debate pero no debe durar mucho tiempo ni insumir grandes recursos para el estado frente a la situación que vive la provincia en materia financiera y las demandas de la sociedad rionegrina”.
“Es el momento de dar el debate y poner sobre la mesa temas que hacen al mejoramiento de la vida de los rionegrinos y uno de los reclamos más contundentes es el de mejorar la calidad de la justicia”, indicó Doñate y subrayó que “con el modelo de gestión actual en las condiciones para la designación de los secretarios, fiscales y jueces en nuestra provincia vamos a seguir estancados y sin posibilidades de mejorar la justicia rionegrina”.
“En la legislatura está la discusión de la ley creando un nuevo código procesal, y me parece bien y necesario, pero debemos primero democratizar el sistema de selección de los funcionarios, tener un Consejo de la Magistratura que responda a un modelo democratizado de selección de sus integrantes, que haya participación de la voluntad popular directa y que se elimine el obstáculo de la residencia, porque de lo contrario será nada más que un código de buena voluntad y de impacto absolutamente relativo”, señaló el legislador frentista.
Doñate consideró que, además, se debe aprovechar la convención constituyente para cambiar, agregar y/o eliminar elementos de la actual constitución que fue un buen texto en su momento pero que se constituyó en un proceso histórico absolutamente distinto al que vivimos hoy y que se ha modificado de manera rotunda.
“Nuestra constitución es anterior a la caída del muro de Berlín y de la reforma de la constitución nacional del año 1994, es un buen texto para su momento, con muchas proclamas y buenas intenciones pero debemos adecuarlo al mundo actual, al avance tecnológico, a los nuevos derechos nacidos en los últimos 20 años y debe tener una fuerte impronta signada por el cuidado y aprovechamiento de nuestros recursos naturales, el cuidado del medioambiente, y el fortalecimiento y creación de institutos de participación ciudadana en la toma de decisiones estratégicas”.
Adelantó que esta semana entregará el anteproyecto para que tanto el gobernador y vicegobernador de la provincia como las autoridades del partido justicialista tengan el texto y pueda iniciarse el debate dentro del oficialismo rionegrino. “Se necesita un fuerte consenso dentro del Frente para la Victoria y con todo el arco de representación política de Rio Negro para lograr una gran Carta Magna para los rionegrinos que sea la nueva base de construcción de la provincia que soñamos y que cuenta con un potencial inigualable desaprovechado durante años”.
Entre la propuestas del proyecto del legislador del valle medio aparecen la necesidad de establecer en la convención constituyente la definitiva delimitación de los ejidos colindantes entre los municipios, la distribución de los recursos entre los municipios como lo son el producido por la explotación de los recursos naturales (regalías), la reforma electoral, el derecho a la identidad, igualdad y no discriminación, protección familiar y personas con discapacidad, derecho al trabajo, derecho al agua, a la alimentación y la situación indígena entre otros aspectos.
“Desde el peronismo también debemos bregar por una impronta ideológica distinta en el texto donde aparezcan palabras clave y orientativas de la nueva redacción como lo son justicia social, distribución de la riqueza y erradicación de la pobreza, mejorando el texto de 1988 que tiene una fuerte impronta de la época alfonsinista”, propuso Doñate.
La norma habilitante en Rio Negro
El art. 111 de la Constitución provincial establece los presupuestos para habilitar el proceso reformador en la provincia. Concretamente la norma constitucional establece que el texto puede reformarse en todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de la reforma se declara por la Legislatura, con el voto favorable de las dos terceras partes del total de sus miembros y se lleva a cabo por una Convención convocada al efecto. Dicha declaración determina:
1. Si la reforma es total o parcial y, en este caso, los artículos o temas que se consideran necesarios reformar.
2. La fecha en que debe llevarse a cabo el acto comicial para la elección de los convencionales, que no será antes de los ciento ochenta días de la fecha de la declaración ni coincidirá con elección alguna.
3. La partida presupuestaria provisoria necesaria para sufragar los gastos que su ejecución demandará.
4. El lugar de la primera reunión.